Sobre el juicio, Verdún dijo: "He enfocado el asunto desde el punto de vista del derecho de los consumidores, de la doctrina de que se vulnera el derecho de protección de los consumidores, no se reconoce esta acción que compré en 2010, el propio Málaga me emitió el título, en el que constan todos los datos. Seguimos sin entender ninguno de los aficionados que adquirimos esas acciones por qué el club no reconoce esa titularidad. Es cuestión de justicia, de reconocer lo que se hizo, nos adherimos a las condiciones que nos impuso el Málaga en esa ampliación de capital. Una vez adquirida esa acción no tuvimos esos derechos, tampoco la administración judicial .a reconoce, argumenta que faltaban requisitos en la emisión de ese título, pero ello implica que el propio Málaga, al emitirlo, no hubiera hecho algo en condiciones y deja de emitir una serie de datos. Entiendo que debe existir una sentencia favorable. Los argumentos se han enfocado en el punto de vista mercantilista, que al no inscribirse los acuerdos de aumento de capital y que posteriormente se revocaron esa acción no tendría validez, es lo que expuso de manera muy resumida el club".
La demanda: "Yo expongo en mi demanda que, en caso de ser estimada, fuera el administrador judicial quien reconozca la titularidad de todos los demás y no tengan que irse a un juzgado como yo. Lo he reiterado también en mi exposición. El 0.43% del capital social, la influencia que pueda tener o deje de tener, no entro. Valoro el hecho de que pueda afectar para mejor, por el beneficio del Málaga, por sentimiento malaguista. Por tanto, espero que sea para mejor. Lo único que le puedo decir es que estoy convencido de que el derecho y la justicia me asiste. Eso es lo que puedo decir. Soy optimista y lo soy porque estoy convencido de que tengo razón. Al ser un pleito por una cuantía tan pequeña, el importe de la acción es de 50 euros, al ser una cuantía inferior de 3.000 euros no hay recurso de Apelación. La sentencia sería firme, con independencia de otros recursos extraordinarias. Sin perjuicio de que cualquier otro accionista, con su propia documentación, iniciara su procedimiento".
No hay comentarios